¿Cómo Disuelvo una Sociedad Comercial?
Vemos a diario en el medio como se constituyen sociedades de distinto tipo, para llevar adelante empresas, comercios, emprendimientos, proyectos y sueños
Los que nos dedicamos a la materia societaria por cada veinte sociedades que constituimos, disolvemos una.
Ahora bien, si todas las sociedades que constituimos llevaran con éxito sus empresas, proyectos e ideas, la realidad en la que estamos inmersos sería totalmente distinta, habría una superproducción de bienes y servicios, los precios se mantendrían constantes (No habría inflación), habría pleno empleo y hasta habría menos delincuencia. Juan Bautista Alberdi, decía que la industria era un calmante social y moralizador de los jóvenes.
La realidad es otra.
Los proyectos y los sueños tienen límite, la realidad golpea a los sueños por distintos motivos: diferencias irreconciliables con un socio, por imposibilidad de cumplir su finalidad u objeto, por incumplimiento de parte de alguno de los socios, por muerte de algunos de los socios, por cumplimiento del objeto, etc.; es en esas situaciones cuando debemos ocuparnos y no dejar que las cosas se compliquen más.
Alguien decía que así como a las personas físicas se les hace un velorio, a las personas jurídicas hay que disolverlas, para evitarnos malos ratos con los distintos organismos de recaudación, sean estos nacionales, provinciales o municipales y también con nuestros socios u herederos de nuestros socios.
El primer paso, es empezar el trámite en el Registro Público de Comercio (Si es SRL o SAS) o en la Dirección de Personas Jurídicas (Si es S.A.) y darle cumplimiento a todos estos requisitos:
- No poseer deudas de ningún tipo (Estados Contables sin pasivo).
- Balance de disolución y liquidación, sin pasivos y del cuadro o proyecto de distribución, firmado por el Liquidador y Contador interviniente, debidamente certificado por el C.P.C.E.S.L.
- Acta de Socios o accionistas por la cual se decide la Disolución de la sociedad en forma anticipada y se designa al Liquidador, solicitando la inscripción del mismo en el Registro Público de Comercio.
- Acta de Socios por la cual se aprueba el balance de disolución, y el proyecto de distribución y se indica quien conservara los libros y demás documentos de la sociedad.
- Designación del liquidador.
Cumplido el trámite anterior, se deben realizar las bajas impositivas en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos y luego en la AFIP, finalizado esto, hemos concluido con todo.
Es recomendable el asesoramiento y apoyo de un profesional en todas estas instancias.